Bases de la Convocatoria

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  1. BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE ESTUDIANTES DE GRADO
    PROGRAMA ERASMUS+ Y ACUERDOS BILATERALES

    La Universidad Europea del Atlántico tiene como uno de sus objetivos clave promover la participación de todos los miembros de la comunidad universitaria en programas de intercambio, cooperación y movilidad entre los distintos países que conforman la UE (a través de acuerdos Erasmus) y el resto del mundo (a través de acuerdos bilaterales). El programa europeo Erasmus+ con fines de estudio, está enfocado a alumnos de centros de educación superior con el objetivo de realizar estancias de formación con reconocimiento académico inmediato. Estas estancias en el extranjero facilitan a los alumnos la posibilidad de integrarse en diferentes culturas y ambientes universitarios así como mejorar sus habilidades lingüísticas y mejorar su empleabilidad en un mercado laboral cada vez más competitivo e internacional.

    1. Objeto

      La presente convocatoria de programas de movilidad con fines de estudio tiene como objeto la selección de alumnos para entrar a formar parte tanto en el programa ERASMUS+, como en los acuerdos bilaterales que la Universidad Europea del Atlántico tiene firmados con universidades extranjeras.

      Los estudiantes seleccionados al amparo de cualquiera de estas modalidades podrán realizar estudios o prácticas en universidades extranjeras con plenas garantías de reconocimiento académico a través del Contrato de Estudios (Learning Agreement) individualizado, cuyo contenido será acordado con anterioridad al comienzo del periodo de movilidad, modificable por acuerdo de las partes y de obligado cumplimiento para estudiantes y las universidades involucradas.

    2. Disposiciones generales

      Requisitos generales

      • Estar matriculado en la Universidad Europea del Atlántico durante el presente curso académico 2016-2017 y durante el curso durante el cual tendrá lugar la estancia en un programa de estudios conducente a la obtención de un título oficial de Grado.
      • Tener superados el 100% de los créditos correspondientes al primer curso (60 créditos).
      • Acreditar documentalmente que se posee, a fecha fin del periodo de solicitud, el nivel de conocimiento de la lengua de docencia en la universidad de destino requerido en el Anexo I de la presente convocatoria.
      • No haber participado previamente en el mismo programa que se solicita en la convocatoria ni a través de la Universidad Europea del Atlántico, ni de otras universidades nacionales o europeas, en el caso específico del Programa Erasmus.
      • El número mínimo de créditos a cursar no podrá ser inferior a 18 créditos para un cuatrimestre y 36 para un curso completo, salvo en el caso de la realización de trabajos de fin de grado sin ninguna asignatura pendiente de aprobación.
      • Como regla general todos los requisitos deberán reunirse antes del fin del plazo de presentación de la solicitud de participación en la presente convocatoria.

      Duración del Intercambio

      El periodo que se solicitará para efectuar el intercambio deberá ajustarse al periodo imprescindible para la realización de los estudios descritos en el Contrato de Estudios. El período de estancia deberá estar comprendido entre el 1 de julio de 2017 y el 30 de septiembre de 2018. La estancia por estudios va desde los 3 meses (mínimo) hasta los 12 meses (máximo).

      Dotación Económica

      La dotación económica de las ayudas que puede acompañar a las plazas en el extranjero, podrá, en su caso, ser aportada por el programa Erasmus de la Unión Europea a través del SEPIE (Servicio Español para la Internacionalización de la Educación). La Universidad Europea del Atlántico distribuirá y gestionará las ayudas a la movilidad recibidas.

      Todas estas ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda, beca, préstamo o subvención al estudio de carácter nacional, pero no con otras que estén financiadas con fondos procedentes de la Unión Europea. Asimismo, el programa Erasmus dispone de una financiación específica dirigida a estudiantes con discapacidad.

      Tanto el número como la cuantía de las becas que se concedan, dependerán de las disponibilidades presupuestarias. Los importes de las becas serán recogidos en resoluciones individualizadas por tipo de beca concedida. No todas las plazas concedidas recibirán dotación económica.

    3. Obligaciones del estudiante
      • Efectuar las gestiones de matrícula habituales en la Universidad Europea del Atlántico, abonando las tasas correspondientes, estando exentos del pago de dichas tasas en la universidad de destino. Hay que tener en cuenta que la institución de destino podría exigir que se abonen tasas reducidas para hacer frente a gastos adicionales, como seguros, tasas administrativas.
      • Hacer llegar a la universidad de destino toda la documentación que pueda ser exigida, en tiempo y forma.
      • Aportar cualquier documentación e informe requeridos por la Oficina de Relaciones Internacionales con el objetivo de justificar la duración de la estancia y los ingresos recibidos. Así mismo, en aquellos destinos que resulten becados, deberá firmar el Convenio Financiero antes del inicio de su estancia.
      • Una vez concedida de manera definitiva la plaza, deberá llevar a término su estancia dentro de las fechas acordadas en la universidad de destino.
      • En caso de no cumplir con el periodo de estancia o de no aportar la documentación requerida deberá reintegrar el importe total de la ayuda recibida, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificada.
      • Realizar las gestiones para contratar y abonar por su cuenta los seguros por enfermedad, accidentes, responsabilidad civil o cualquier otro motivo que puedan ser exigidos con carácter obligatorio en cada programa de movilidad o cada país o universidad concreta. En el caso de universidades situadas en Europa, o con los que España tenga un acuerdo firmado, se comprometerá a obtener la Tarjeta Sanitaria Europea.
      • Obtener los visados correspondientes que sean solicitados por el país receptor
      • Asistir a las charlas informativas convocadas por la Oficina de Relaciones Internacionales de cara a preparar la estancia.
    4. Obligaciones de la oficina de relaciones internacionales
      • La Oficina de Relaciones internacionales será la encargada de realizar los trámites para hacer llegar a las universidades de destino la relación de alumnos seleccionados para el intercambio
      • La Oficina de Relaciones Internacionales realizará todas las gestiones pertinentes de su competencia para posibilitar la movilidad del estudiantes, pero no se hace responsable de la aceptación final en la universidad de destino de cada estudiante concreto, ni de la gestión de viajes o de su documentación, ni de la búsqueda de alojamiento, cuestiones que dependen del estudiante y/o de la universidad de destino en su caso.
    5. Cesión de datos

      Los participantes en esta convocatoria prestan su consentimiento para la cesión de sus datos personales y académicos a la universidad extranjera para la que sean seleccionados así como a las entidades financiadoras de las becas, proveedores de seguros y a cualquier otro organismo oficial que requiera datos estadísticos de movilidad. Al participar en esta convocatoria el estudiante asume que sus datos personales y académicos serán transmitidos a la universidad de destino y, cuando resulte oportuno, a las instituciones financiadoras de las becas que el alumno pueda recibir.

      El tratamiento y acceso a los datos personales quedará sometido a la legislación nacional, la del país de destino y a las disposiciones internacionales.

    6. Recursos

      Contra la presente convocatoria y sus bases, así como contra los actos que se dicten como resultado ejecución de la misma, cabe interponer recurso ante el Rector de la Universidad Europea del Atlántico, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación.

  2. Proceso para solicitar una estancia en el extranjero
    1. Pasos a seguir

      Las bases de esta convocatoria serán publicadas en los tablones de anuncios de la Universidad y en la página Web de la Oficina de Relaciones Internacionales: https://www.uneatlantico.es/oficina-de-relaciones-internacionales/

      Los interesados deberán presentar la solicitud en la Secretaría Académica, teniendo como plazo del 1 al 7 de marzo de 2017, ambos inclusive.

      Las solicitudes se rellenarán on-line mediante el formulario habilitado en la dirección:

      https://goo.gl/forms/3fDWgOyQWjDUoHK62

       

      debiendo presentar el formulario de solicitud impreso en Secretaría Académica, acompañado de la documentación pertinente.

    2. Documentación
      • Copia de la solicitud generada por el formulario online, con fotografía carné pegada a la misma. La copia llegará al correo con el que se haya iniciado la sesión en Gmail en el momento de cumplimentar el formulario.
      • Original y copia para su compulsa de las certificaciones de competencia lingüística, cuando corresponda.
    3. Criterios de selección

      La elección de los alumnos será sancionada por el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales a propuesta de la Comisión de Selección, ostentando competencias para solucionar cualquier incidencia que pudiera surgir durante su tramitación y/o la realización de las estancias y que no esté prevista en esta convocatoria. El criterio de selección empleado será la nota media del expediente académico del alumno, una vez que se haya comprobado que el alumno cumple con el requisito lingüístico exigido por la universidad de destino.

      La nota media del expediente académico será calculada de acuerdo al baremo y criterios fijados en el R.O. 1125/03, de 5 de septiembre de 2003: la suma de los créditos aprobados multiplicados por el valor de la calificación correspondiente, a partir de la equivalencia señalada y dividido por el número total de créditos obtenidos por el alumno hasta la convocatoria extraordinaria del curso académico 2015-2016. En caso de que se produzcan notas medias iguales tendrá preferencia el solicitante que acredite mayor nivel de competencia lingüística.

    4. Plazos y destinos

      Los destinos que solicitan los estudiantes no se pueden variar una vez que la solicitud ha sido presentada. De igual forma, el destino adjudicado inicialmente podrá ser modificado de acuerdo a motivos académicos, de la decisión final adoptada por la universidad de destino o de circunstancias de fuerza mayor. Los solicitantes aceptan expresamente estas modificaciones al participar en esta convocatoria, sin perjuicio de que puedan renunciar al destino adjudicado por este motivo, antes de su partida.

      No se admitirán permutas de destinos entre los estudiantes seleccionados. Una vez publicada la lista final de adjudicaciones de plazas, las renuncias que no estén motivadas por una causa debidamente justificada inhabilitarán a los candidatos para poder entrar en el proceso selección de la siguiente convocatoria de Programas de Movilidad.

      Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el tablón de anuncios la relación provisional de solicitantes admitidos y excluidos, concediendo un plazo de 7 días para subsanar errores y/o aportar documentación. Las reclamaciones se presentarán en la Secretaría Académica. Transcurrido dicho plazo, quedarán definitivamente excluidos todos aquellos solicitantes que no hubiesen subsanado los errores o aportado la documentación reseñada en el listado provisional.

      Así mismo, aquellos estudiantes disconformes con la primera asignación de destino, pueden solicitar una readjudicación de las plazas vacantes dentro del mismo periodo de 7 días. Período de readjudicación: las plazas vacantes serán adjudicadas directamente por la Dirección de la Oficina de Relaciones Internacionales aplicando los mismos criterios que en la fase anterior a los estudiantes que han solicitado readjudicación.

    5. Aceptación / renuncia de plazas concedidas

      Una vez realizadas las readjudicaciones de plazas y comprobado que se hayan subsanado todos errores o deficiencias de la relación provisional, se publicará una segunda relación con la asignación definitiva de destinos. Los estudiantes seleccionados deberán manifestar por escrito la ACEPTACIÓN o RENUNCIA a la plaza adjudicada en un plazo máximo de 7 días. En caso de no presentar la aceptación por escrito en plazo y forma, se entenderá que el estudiante renuncia a la plaza adjudicada y perderá sus derechos de participación en la presente convocatoria. Es importante señalar que las concesiones de destino son siempre provisionales hasta que el estudiante no sea admitido de manera formal por la universidad de destino adjudicada, por lo que la Universidad Europea del Atlántico no se hace responsable de dicha decisión ni de las posibles consecuencias que pudieran derivarse.

      Los destinos que queden vacantes en la primera y segunda fase no serán adjudicados en la presente convocatoria.

    6. Resolución

      La resolución de la convocatoria se hará pública mediante la publicación en el Tablón de Anuncios de la Oficina de Relaciones Internacionales y del Servicio de Alumnos.

    7. Nivel de competencia lingüística

      El nivel de competencia lingüística se puede documentar mediante los siguientes certificados:

      • TOEFL
      • TAEL (se puede solicitar realizar este examen a través de Secretaría Académica)
      • CAMBRIDGE
      • TRINITY
      • EOI
      • IELTS
  3. Learning agreement / contrato de estudios (acuerdo de aprendizaje)

    http://www.todoerasmus.es/learning-agreement/

    Los alumnos se responsabilizan por buscar las asignaturas a cursar en la universidad de destino, y de rellenar el contrato de estudios para entregar en Secretaria Académica.

  4. Gestiones en la universidad europea del atlántico
    1. Tasas académicas

      Durante la estancia en el extranjero, los alumnos siguen pagando las tasas académicas en su universidad de origen.

    2. Reconocimiento de créditos

      El reconocimiento de créditos de las asignaturas cursadas, prácticas curriculares o trabajos de fin de grado durante la estancia en el extranjero depende de la Dirección de Grado.

  5. Cuestiones prácticas
    1. Cobertura sanitaria

      Los alumnos que realizan estancias en Europa deben solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Asistenciasanitaria/DesplazamientosporE11566/TSE2/index.htm Una vez conseguida la tarjeta se debe entregar una fotocopia en Secretaría Académica.

      Los alumnos que realizan estancias fuera de Europa deben contratar un seguro sanitario internacional que cubra viaje, asistencia médica, accidentes, repatriación y responsabilidad civil. Se debe entregar una fotocopia de constancia del seguro en Secretaría Académica.

    2. Alojamiento

      Los alumnos se responsabilizarán de informarse sobre las opciones de alojamiento en la universidad de destino. Asimismo, la contratación del alojamiento va por cuenta del alumno. Una vez contratado el alojamiento, se debe entregar constancia en Secretaría Académica.

  6. Gestiones en la universidad de acogida
    1. Documentación

      Los alumnos deben entregar en la universidad de acogida, una copia del Contrato de Estudios (Learning Agreement) para que sea firmado por las autoridades.

    2. Cambiar el contrato de estudios

      Se puede realizar cambios en el contrato de estudios previo autorización tanto por la universidad de origen como por la universidad de acogida. Se establecerán plazos máximos para efectuar los cambios.

    3. Certificados y expedientes

      Los alumnos recibirán de la universidad de acogida una copia del expediente académico (Transcript or Academic Record) que servirá para confirmar tanto los créditos reconocidos, como las calificaciones recibidas, que en algunos casos tendrán que someterse a un proceso de conversión al sistema de notas español.

  7. Al final de la estancia
    1. Documentación

      Antes de abandonar la universidad de acogida los alumnos deben entregar el Certificado de Estancia (en el caso de una estancia ERASMUS).

      Al regresar a la universidad de origen, se debe entregar en Secretaría Académica los siguientes documentos:

      • Certificación Académica
      • Informe Final
    2. Calificaciones / Suspensos / Asignaturas pendientes

      Se estudiará la Certificación Académica para confirmar calificaciones. En caso de suspenso, la Dirección de Grado tomará decisiones sobre cómo proceder para recuperar los créditos. Asimismo, si quedan asignaturas pendientes cuyos créditos no han sido reconocidos durante la estancia, la Dirección de Grado tomará decisiones sobre cómo proceder para recuperar los créditos.

Anexo I

Nivel de competencia lingüística exigido por las universidades de destino

Universidad Tipo Código Universidad Código Área País Idioma Nivel de idioma
Ankara University Erasmus TR ANKARA01 041 Turquía Turco / Inglés A2
Audencia Business School Erasmus F NANTES12 040 Francia Francés / Inglés B2
Avans University of Applied Sciences Erasmus NL BREDA01 041 Holanda Inglés / Holandés B2
HAS University of Applied Sciences Erasmus NL S-HERTO 01 041 Holanda Holandés / Inglés B2
Jan Kochanowski University Erasmus KL KIELCE02 1014 Polonia Inglés / Polaco B2
Maria Curie-Sklodowska University Erasmus PL LUBLIN01 041 Polonia Polaco / Inglés B1
Université de Lorraine Erasmus F NANCY43 023 Francia Francés B1
University Of Opole Erasmus PL OPOLE01 041 Polonia Polaco / Inglés B1
University Of Opole Erasmus PL OPOLE01 023 Polonia Alemán B2
University Of Opole Erasmus PL OPOLE01 023 Polonia Francés B2
Saxion University Of Applied Sciences Erasmus NL ENSCHED 03 0413 Holanda Inglés B2 / IELTS 6.0
Université Du Québec À Chicoutimi Bilateral - - Canadá Francés B2
Université Paris-Est Créteil Val-de-Marne Erasmus F PARIS012 041 Francia Francés / Inglés B2
University of Regina Bilateral - - Canadá Francés/Inglés Link
University Wrocław Erasmus PL WROCLAW01 311 Polonia Polaco / Inglés B2
University West Erasmus S TROLLHA01 04 Suecia Inglés B1

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